Aquí intentare hacer algunas propuestas de lo que se puede incluir cómodamente en la nueva Constitución y que pueda ser ratificado en el segundo plebiscito.
Como he mencionado Chile tiene una oportunidad única de lograr un cambio significativo en su forma de gobierno.
La nueva constitución debe consagrar derechos universales que ya se encuentran ratificados en tratados firmados, el derecho a la educación gratuita y de calidad hasta la universidad es una de las demandas más escuchadas, derecho a la huelga y mejores prestaciones aseguradas para los trabajadores incluidos los del magisterio. Sin embargo, Chile no se debe dejar deslumbrar por ratificar derechos universales y obligar a su gobierno a la prestación de servicios básicos como los de salud y jubilación.
Supongamos que la asamblea constituyente redacta una sección dogmática ideal y cumple con todos los derechos humanos. Esto sería sin duda atractivo para que la votación en el siguiente plebiscito sea positiva.
Pero qué pasa con la parte orgánica, aquella que dicta las formas en las que se eligen sus gobernantes, sus alcances y los requisitos mínimos para hacer reformas a sus leyes, es aquí en donde Chile ha adolecido, con reglas muy estrechas para realizar cambios. Si esta sección no es escrita de forma preferente para la apertura política podremos estar frente a una nueva oportunidad para que un gobierno de pocos siga controlando la vida chilena a cambio de pocos derechos y mínimos privilegios.
Sin embargo, si la parte orgánica no es favorable el plebiscito podría aprobarse dado que se busque consagrar la parte dogmática.
Entonces regresaríamos a la encrucijada original, tal vez después de un tiempo de ajuste y que se pueda observar que los cambios requeridos siguen sin llegar.
Comentarios
Publicar un comentario